lunes, 23 de marzo de 2015
lunes, 2 de marzo de 2015
Reglamento de Evaluación
ESCUELA PARTICULAR Nº 1076
“PRESIDENTE ABRAHAM LINCOLN”
QUINTA NORMAL
REGLAMENTO DE EVALUACION
PLANIFICACION DEL PROCESO DE
EVALUACION
Y PROMOCION ESCOLAR
INTRODUCCION
Considerando:
1.- Que es propósito del
Ministerio de Educación, en cumplimiento de las políticas educacionales del
supremo Gobierno, dar mayor flexibilidad al sistema educacional y a la
conducción del proceso educativo, y que se faculta a los establecimientos
educacionales para que, en un marco
reglamentario mínimo, puedan tomar decisiones en materias referidas al proceso
de evaluación del aprendizaje de los alumnos y teniendo como fundamento lo
dispuesto en el Decreto Exento de Educación 511 de 1997 y modificación 107 de
2003, la Resolución Exenta 10905 DEL 13 DE DICIEMBRE 2.011.
2.- que la misión de la
educación asumida por el colegio es
el formar un niño que tenga las competencia académicas básicas para la
continuación de estudios en la enseñanza media; que posea las destrezas y
habilidades para el manejo y manipulación
de instrumentos; que sea creativo, imaginativo
y sensible; que sea autónomo, capaz de tomar decisiones y de resolver
situaciones, que tenga un campo valórico definido que le permita una correcta
inserción en nuestra sociedad.
3.- que la evaluación forma parte
del proceso educativo y que, en consecuencia con sus objetivos, debe estar
presente en todas las etapas el proceso enseñanza – aprendizaje.
4.- que la evaluación permite
entregar y analizar antecedentes cualitativos y cuantitativos referidos al
proceso educativo para una correcta toma de decisiones.
5.- que esta toma de decisiones
apuntará siempre hacia la consecución de
los objetivos finales del establecimiento, la Escuela Nº 1076 “Presidente
Abraham Lincoln” decide la siguiente planificación del PROCESO DE EVALUACION Y
PROMOCION de los alumnos regulares del año escolar año 2011.
FUNDAMENTACION:
El presente Reglamento tiene como
base el Decreto 40/96 y sus modificaciones Nº 832 de 1996 en el que se
establecen los Objetivos Fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para
la enseñanza básica; a los cuales se les otorga un período de dos años para el
logro de los objetivos y contenidos de los planes y programas de estudio de 1º
a 4º año de enseñanza básica (NB1 – NB2) y un año para 5º , 6º , 7º y 8º año (NB3 – NB4 – NB5 – NB6).
EVALUACIONES y PROMOCION
DE LOS ALUMNOS
DE NB1 NB2 NB3 NB4 NB5 y NB6
1.Las disposiciones del presente
reglamento serán aplicadas en la Escuela Nº 1076 Presidente Abraham Lincoln de la Comuna de Quinta Normal a todos
los niños y niñas, que estén cursando el NB1 , NB2 , NB3 , NB4, NB5 y NB6.
2.Este reglamento ha sido
acordado por el establecimiento, en base a propuestas hechas por docentes y el
cual es conocido por los señores padres y apoderados.
3.Las estrategias para la
evaluación de logros y aprendizajes de los niñas y niñas de la Escuela
Presidente Abraham Lincoln consistirán en estrategias tales como:
Pruebas objetivas y de respuestas
abiertas.
Trabajos y actividades de
creación de los alumnos.
Experimentación.
Autoevaluación.
Coevaluación.
Heteroevaluación
Salidas educativas.
FORMAS DE EVALUACION.
Evaluación diagnóstica: Proceso
mediante el cual se obtiene información para ubicar el inicio del proceso
enseñanza aprendizaje de alumnos y alumnas.
Evaluación Formativa: es la que
se aplica como proceso durante el aprendizaje, permite al profesor, orientar su labor pedagógica y a los alumnos
y alumnas, los esfuerzos para la
adquisición de aprendizajes, además de la toma de conciencia de los logros y
las necesidades que se presentan, la evaluación durante el aprendizaje va
modificando la relación del alumno con
el saber, el conocimiento y su propia formación, haciéndolo más autónomo y
comprometido. Es preciso que el docente mantenga el principio activo de la
autoevaluación y coevaluación de los alumnos, lo que permita repasar lo
señalado en el punto anterior.
Evaluación Acumulativa: esta evaluación se puede
realizar durante el proceso de aprendizaje, cuando se ha culminado el desarrollo de una o varias unidades de
aprendizaje o al término del o los períodos escolares.
Diferenciada: evaluación aplicada
en forma permanente, considerando las capacidades individuales que representen
un impedimento en relación a la asignatura.
DE LAS EVALUACIONES.
1)La evaluación será una
instancia para aprender, por lo cual entregará información que permita tomar
decisiones pertinentes, corregir desviaciones de los objetivos y cambiar
prácticas pedagógicas cuando sea oportuno. Estará inserta en el proceso y no
será sólo terminal.
2)Durante el proceso de
aprendizaje, los profesores deberán realizar actividades de reforzamiento y
ejercitación permanente con el fin de atender las dificultades que presenten
los alumnos. También se deberán desarrollar actividades para atender a los más
aventajados que les permitan profundizar o ampliar los objetivos en las
unidades que se están desarrollando, para ello se podrá recurrir a actividades
complementarias de los libros de texto, guías de estudio, etc.
3)Las situaciones de evaluación
se desarrollarán de la siguiente forma:
ESTRATEGIAS PARA EVALUAR.
Los niños y niñas serán evaluados
a través de las siguientes instancias:
Evaluación diagnóstica. La que se
aplicará al inicio de toda instancia pedagógica y permitirá orientar la
enseñanza, efectuando las adecuaciones de acuerdo a las necesidades
educativas de niños y niñas, la que
realizará durante la segunda semana del
inicio de clases.
Evaluación Formativa. Durante el
proceso de la enseñanza, permitirá ir corrigiendo en forma permanente el
accionar de los niños y niñas durante el aprendizaje, regulando la acción
pedagógica; a los niños y niñas les permitirá ir orientando los esfuerzos que
realiza, el profesor podrá ir orientando su planificación, modificando la
relación del alumno con el conocimiento. Se implementará en forma permanente la
autoevaluación y la coevaluación de los alumnos. Esta se realizara al termino
de cada clase.
Evaluación acumulativa. Permite
tener una visión global de los aprendizajes
alcanzados a través de una parte del aprendizaje, o de su totalidad como
proceso educativo. Se obtiene información acerca de los estados de avance de
los alumnos, con la finalidad que éstos le puedan asignar significado a lo que
están aprendiendo y puedan apropiarse de aprendizajes
Los alumnos podrán ser evaluados
en cualquier momento
Evaluación Sumativa. Evaluación que se aplicará después de cada
Unidad, la que nos permitirá cotejar los aprendizajes logrados por los
estudiantes, siendo de acuerdo a planificación.
DISPOSICIONES RESPECTO A ESTRATEGIAS PARA
EVALUAR LOS APRENDIZAJES DE LOS
ALUMNOS.
1)Los alumnos serán calificados
en todas las asignaturas del Plan de Estudios utilizando la escala numérica de
1 a 7. La mínima de aprobación será 4.0 con un nivel de exigencia de 60%.
2)Todo trabajo escrito o tarea de
cualquier subsector debe ser presentado con letra legible, limpieza, orden,
corrección ortográfica y redacción adecuada al nivel. En caso contrario el
Profesor puede exigir que el alumno lo rehaga hasta que cumpla con los requisitos
señalados.
3)Los alumnos, en esta
evaluación, deberán ser informados
previamente sobre la fecha, los contenidos y el tipo de instrumento de
evaluación que se utilizará.
4)Una vez acordada la fecha no
habrá postergación. Será registrada por el Profesor de asignatura en el
calendario del curso.
5)Ante situaciones de excepción
resolverá el profesor Jefe y la UTP:
4)OTRAS EVALUACIONES:
1.Evaluación diferenciada:
Los alumnos que tengan
impedimentos y que no sean eximidos, deberá aplicárseles procedimientos de
evaluación diferenciada adecuados a las características del trastorno,
dificultad, diferencia o impedimento que presentan y a su relación con la
asignatura o actividad
(motores, visuales, de audición,
déficit atencional, trastornos de aprendizajes y lenguaje).
Los alumnos deben estar
debidamente diagnosticados por un especialista y encontrarse en tratamiento. Si
han sido derivados y no lo siguen no pueden ser evaluados diferencialmente.
Las dificultades pueden ser:
alumnos provenientes del extranjero, de colegios con programas especiales, etc.
La variación requerida debe estar
en la evaluación, como también en los métodos y recursos empleados, pero los
objetivos y contenidos serán los mismos.
Para diseñar la evaluación
diferenciada se debe tener presente que es sinónimo de diferenciar: variar;
diversificar, distinguir, desigualar, desemparejar y diferir.
El instrumento será diseñada por el Profesor de Asignatura y aprobado por
Unidad Técnica.
5) ENTREGA DE RESULTADOS Y SANCIONES.
1.Los resultados de las pruebas y
trabajos deberán entregarse a los alumnos dentro de los 15 días siguientes,
registrándose de inmediato en el Libro de Clases. No se podrá aplicar una
prueba sin que los alumnos conozcan la calificación anterior y puedan revisarla
con 24 horas de anticipación.
2.Los alumnos que no se presenten
a rendir prueba en la fecha fijada, deberán realizarla en cuanto asistan a
clases, con una nota máxima 5.0
3.Se excluyen de esta disposición
los alumnos cuyos apoderados hayan presentado en Inspectoría el certificado
médico u otro documento que acredite que la inasistencia obedeció a causa
justificada, que le impedía estudiar , en cuyo caso los alumnos deben recibir un calendario especial de pruebas que
los profesores de asignatura deben aplicar en la fecha fijada.
4.Los alumnos que deban concurrir
a eventos para representar al Colegio, el funcionario encargado de la
actividad, será quien tramite la postergación de la evaluación, presentando la
lista firmada y timbrada. Se debe salvaguardar el cumplimiento del proceso
escolar y favorecer la participación de los jóvenes.
5.El alumno que sea sorprendido
copiando en prueba o adultere maliciosamente la evaluación, será sometido a una
prueba o interrogación en el momento que el profesor de la asignatura lo
determine.
6.En el caso de que los alumnos
se presenten sin el material de trabajo correspondiente a las asignaturas
técnico-artísticas o falten a clases, se le asignará un trabajo alternativo,
siendo éste evaluado con una nota máxima 5.0.
7.Las notas obtenidas por los
alumnos no podrán ser modificadas o anuladas por el Profesor, cualquier
situación especial referida a evaluación debe ser estudiada el consejo de
Profesores.
8.Ante cualquier duda o reclamo
se sigue el conducto regular ( Profesor de Asignatura, Profesor Jefe y
dirección).
9.En todo trabajo de
investigación además de los aspectos propios del subsector, el Profesor deberá
considerar los siguientes criterios:
10.Establecer previamente
objetivos claros y precisos
11.Presentar a los alumnos la
pauta de evaluación
12.Proporcionar bibliografía
suficiente y adecuada
13.Exigir elaboración personal
por parte del alumno y no aceptar transcripciones, fotocopias del contenido de
textos o copias textuales de páginas de Internet, con las direcciones o
bibliografía consultada.
6)PARA COMUNICAR RESULTADOS DE
EVALUACIONES A PADRES Y APODERADOS.
CALIFICACIONES.
Mediante informes educacionales de calificaciones
parciales se entregará a los alumnos - alumnas padres y apoderados a mitad de
semestre y al término de éste, lo anterior con la finalidad que alumnos padres
y apoderados, otorguen mayor significación a los procesos de evaluación y
calificación. El informe a mitad del período se entregará en forma escrita.
OBJETIVOS TRANSVERSALES.
Los alumnos serán evaluados en el logro de los
valores y actitudes señaladas en el PEI y los OFT, se usarán como instrumentos
de evaluación la observación, cuestionarios, cotejos, trabajos, entrevistas y
los resultados se expresarán en conceptos, en la hoja personal del alumno del
Libro de Clases. Se podrá aplicar la coevaluación y la autoevaluación.
La evaluación de los objetivos
transversales estará orientada prioritariamente a desarrollar y afianzar
valores y actitudes y se insertarán en las estrategias metodológicas.
La evaluación será informada través del Informe de Desarrollo Personal
elaborado por el Profesor Jefe y comunicado a los apoderados.
En el Sector de Orientación las
evaluaciones no se expresarán como calificación.
En la asignatura de Religión los alumnos serán
calificados con la escala numérica de 1 a 7, Sin embargo el promedio final de
dichas calificaciones se traducirá en conceptos y no incidirá en la promoción,
rigiéndose por el Dto. N° 924/83.
DE LA PROMOCION.
ASISTENCIA. Para ser promovidos
los alumnos deberán asistir a clases establecidas a lo menos en un 85%.
No obstante lo anterior, frente a
situaciones o casos especiales de baja asistencia, la dirección del
establecimiento podrá decidir la
promoción de los alumnos con una asistencia inferior, según el nivel que se
encuentre al alumno o alumna.
De 1º a 4º año :directora en
conjunto con el profesor jefe.
De 5º a 8º año:directora en
conjunto con profesor jefe y consejo de profesores.
En estos casos el profesor jefe deberá
anexar un informe avalando la decisión tomada.
RENDIMIENTO. Serán promovidos(as)
A)los alumnos que hubieren
aprobado todas las asignaturas o los sub sectores del plan de estudios para NB1
– NB2 – NB3 – NB4 - NB5 y NB6 de acuerdo al nivel en que se encuentre el
alumno o alumna.
B) Aquellos alumnos (as) que
teniendo un calificación insuficiente en cualquier asignatura o sub sector,
obtengan promedio general como nota mínima 4,5 (cuatro coma cinco) o superior,
incluida la asignatura reprobada.
C)Aquellos alumnos (as) que
teniendo dos asignatura o sub sector
sectores insuficientes tengan promedio general 5,0 (cinco coma cero) o
superior, incluida la asignatura reprobada.
EVALUACIONES:
Los alumnos serán evaluados en
forma permanente y de acuerdo a las planificaciones de cada uno de los
docentes:
De acuerdo al calendario escolar
cada semestre abarca:
Primer Semestre : 29 de febrero
al 4 de julio de 2.012
Vacaciones de invierno: Lunes 9
al viernes 20 de julio de 2.012.
Segundo Semestre : 23 de julio al
21 de diciembre de 2.012.
En cada semestre habrá, de
acuerdo al Plan de Estudios, el siguiente número de calificaciones (Mínima).
Áreas con 5 ó más horas semanales
: 7 calificaciones mínimas,
Áreas con 3 ó 4 horas :
5calificaciones mínimas.
1 ó 2 horas:4 calificaciones
mínimas
CALIFICACIONES SEMESTRALES
Serán el promedio de las
obtenidas durante el semestre con un decimal aproximado.
Ejemplo: 4,.05 = 4,1
NOTA FINAL
Se obtendrá el promedio de ambos
semestres con un decimal aproximado desde 0,05 se sube a la décima superior.
Ejemplo : 4,6 + 5,3 = 4,95 5,0
4,6 + 5,1 = 4,85 4,9
La calificación 3,9, tres coma nueve, sin aproximación es 4,0 , cuatro.
De 5º a 8º año en las áreas de
Lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales, e Historia, geografía y Cs. Sociales,
en caso de obtener promedio inferior a 4,5 el alumno deberán realizar examen
dado por el profesor respectivo, dentro de un plazo establecido, el que deberá
ser expuesto por el alumno o alumna frente a una comisión integrada al menos por dos profesores del establecimiento.
La nota máxima será 5,0, la que
reemplazará al promedio insuficiente, con una ponderación de 30% para el examen
y un 70% la nota promedio anual.
DE LAS CALIFICACIONES.
1)Los resultados de las
evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos en cada uno de los
sub sectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, para fines de
registrarlas al término del año escolar, se anotarán en escala numérica de 1.0
a 7,0, hasta con un decimal aproximado.
2) El logro de los Objetivos
Fundamentales Transversales se registrará en el informe de Desarrollo Personal
y Social del alumno, el que se entregará semestral a los padres y apoderados
junto con el informe de calificaciones.
3)Existirán los siguientes tipos
de calificaciones:
a) Calificaciones parciales: son
aquellas que se obtienen a través del período semestral en cada sector o
asignatura, en diversas instancias.
b) Calificaciones semestrales:
son aquellas que corresponden al promedio aritmético de las notas parciales en
cada sector de aprendizaje o asignatura.
DE LA FINALIZACION.
Al término del año escolar , la
escuela extenderá a cada alumno – alumna un Certificado anual de estudios con
las calificaciones pertinentes señalando
la situación final y un Informe Personal y Social.
El presente decreto fue
confeccionado considerando el decreto 511 de 1997 y modificaciones, decreto 107
de 2003, las distintas realidades de la
Escuela Nº 1076 Presidente Abraham Lincoln, de la comuna de Quinta Normal y ha
sido puesto en consideración y validación de los distintos estamentos de la
Escuela PRESIDENTE ABRAHAM LINCOLN, para el presente año 2.012.
Reglamento del Centro General de Padres y Apoderados
CENTRO DE PADRES Y APODERADOS
ESCUELA PRESIDENTE ABRAHAM
LINCOLN
ESPECH 01563-QUINTA NORMAL.
REGLAMENTO DEL CENTRO GENERAL DE
PADRES Y
APODERADOS
FUNDAMENTO:
EL Centro de padres y apoderados
es una agrupación voluntaria que reúne a los padres y apoderados que desean
participar y contribuir en la comunidad educativa, a través de diferentes
actividades y proyectos, el como se organicen es uno de los elementos mas
importantes para tener éxito y alcanzar los objetivos propuestos.
Es clave que cada centro de
padres defina y delimite su marco de acción.
Es básico que tengan en cuenta el
marco legal que los guía y orienta como organización. Los decretos Nº 565 y Nº
732 del Ministerio de Educación ofrecen un Reglamento General de Centros de
Padres y Apoderados, que estipula los derechos y deberes de los miembros, y
proponen ciertas funciones a desarrollar:
•Promover el cumplimiento de las
responsabilidades educativas de cada familia en relación a la crianza y
formación de los hijos.
•Integrar a los padres y
canalizar sus aptitudes e intereses.
•Fomentar los vínculos entre la
familia y la escuela.
•Proyectar acciones hacia la
comunidad local, creando alianzas que contribuyan con el bienestar de los
niños.
•Proponer y proyectar acciones
para el desarrollo integral de los niños.
•Sostener un diálogo con las
autoridades educativas.
El Centro General de Padres de
la Escuela Presidente Abraham Lincoln,
como ente colaborador de la formación de los estudiantes y promotores de la
participación de los padres y
apoderados, ha establecido el siguiente
reglamento:
TITULO PRIMERO:
Art. 1º.- Se procederá a elegir
en forma democrática a los integrantes que ocuparan los cargos que se señalan;
Presidente, Vice-presidente, secretaria, tesorera.
Art. 2º.- Las personas elegidas
se desempeñaran por un periodo de 2 años en los diferentes cargos, en el cual
tendrá que ser apoderado o apoderada.
TITULO SEGUNDO:
REQUISITOS.
Art. 3º.- Podrán postular todos
los apoderados que tengan una
permanencia de a lo menos un año en el colegio.
Art. 4º.- Ser mayor de 21 años.
Art. 5º.- No encontrarse en
situación condicional ni el alumno o el apoderado.
Art. 6º.- Ser padre o apoderado
titular.
Art. 7°.- Haber cancelado la
cuota de incorporación, como socio al Centro de Padres.
TITULO TERCERO:
OBLIGACIONES DE LA DIRECTIVA:
Art. 8º.- Desempeñar el cargo con
responsabilidad.
Art.9º.- Asistir a todas las
reuniones y o actividades que el colegio realice.
Art. 10 .- Representar al centro
ante la dirección del establecimiento, ante la Comunidad escolar y agentes
externos, con los cuales el centro deba vincularse.
Art. 11º.- Elaborar planes, programas y proyectos de trabajo del
centro y difundirlo ante sus miembros
Art. 12º.- Convocar a reuniones
de la asamblea general y del consejo de delegados.
Art. 13º.- Estimular la
participación de padres y apoderados en las actividades del Centro y del
colegio.
Art. 14º.- Apoyar decididamente
aquellas iniciativas resueltas por los subcentros, que contribuyan al mejor
desarrollo de las prácticas educativas y de convivencia del colegio.
TITULO CUARTO:
VOTACIONES
Art. 15º.- Deberán votar
todos los delegados de cada curso.
Art. 16º. Para elegir directiva,
deberá votar a los menos un 80% de representantes, en caso contrario, se hará
una nueva citación.
Art. 17º.- La elección se realizará en el colegio en la
fecha que determine la Dirección y será con la participación de las docentes
asesoras del Centro General de Padres.
Art. 18º.- Los cargos vacantes,
deberán ser elegidos en votación individual, excepto al vicepresidente que será
la segunda mayoría de la votación para presidente, el que deberá contar con un 50% + 1
Art. 19º.- La dirección del
colegio procederá a publicar oficialmente los resultados de la elección
Art. 20º.- La nueva directiva
será investida el día en que cesa en sus funciones la actual directiva.
TITULO QUINTO:
DINEROS.
Art 21º La cuota que cada
apoderado donará al centro, a comienzo
de año, para su funcionamiento será
destinada para la realización de
actividades, con fines educativos, del
centro.
Art. 22º Todos los dineros
reunidos se destinarán para financiar las actividades del plan de acción del
centro de padres.
Art. 23º Al término del periodo
se deberá informar a todos los sub centros a través de un balance de los
dineros gastados por el centro.
Art. 24º La tesorería del centro
deberá mantener actualizado el libro de caja que llevará con todos los
movimientos de dinero ocurrido en el periodo, el cual deberá estar a
disposición de todos los delegados de los sub centros, para su revisión.
Art. 25° Todos los gastos deberán
ser justificados con boletas de compra y venta o en su defecto con comprobantes
debidamente timbrados.
TITULO QUINTO:
Los dineros deberán ser
depositados en cuenta bipersonal, a nombre de la tesorera y profesora asesora.
TITULO SEXTO:
OTRAS CONSIDERACIONES.
Art. 26° en caso de renuncia a un
cargo de la directiva general de Centro de Padres, deberá llamarse a elección
en plenaria extraordinaria para elegir represente para el cargo vacante el que
suplirá el periodo normal.
Art. 27° Las inasistencia de los
delegados a las plenarias ordinarias y extraordinarias no pueden exceder a dos
anuales, previamente justificada, en caso contrario el curso deberá responder
frente a esta anomalía.
Art. 28° los integrantes de la
Directiva General de Padres de la Escuela Presidente Abraham Lincoln, debe
asistir a todas las plenarias ordinarias y extraordinarias, en caso de
inasistencia debe ser justificada previamente y no exceder a dos correlativas,
anuales. En caso contrario, deberá
renunciar al cargo y abocarse al artículo 26 ° del presente Reglamento.
Art. 29° la delegada del curso
que ha sido elegida como integrante de la Directiva General de Padres, se debe
reemplazar por otro apoderado.
Art. 30° El presente Reglamento
de Centro General de Padres deberá ser revisado y actualizado anualmente.
Cualquier situación no prevista
en este reglamento será regulada por el reglamento oficial del ministerio para
el funcionamiento de los centros de padres y será resorte de la Directora
cualquier situación que le competa al colegio.
LOS ABAJO FIRMANTES, TOMAN
CONOCIMIENTO Y ACEPTAN EL REGLAMENTO DE CENTRO DE PADRES DE LA ESCUELA
PRESIDENTE ABRAHAM LINCOLN.
cursoNombre delegada/oFirma
PRE KINDER A
PRE KINDER B
KINDER A
KINDER B
1° AÑO
A
1° AÑO
B
2° AÑO
A
2° AÑO
B
3° AÑO
A
3° AÑO
B
4° AÑO
A
4° AÑO
B
5° AÑO
A
5° AÑO
B
6° AÑO
A
6°AÑO
B
7° AÑO
A
7° AÑO
B
8° AÑO
FIRMAS DIRECTIVA Y ASESORES
REGLAMENTO DEL CENTRO GENERAL
DE PADRES Y APODERADOS
ESCUELA PRESIDENTE ABRAHAM
LINCOLN.
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